Desde el OPAEF se han adoptado una serie de medidas extraordinarias debido a las circunstancias derivadas del estado de alarma declarado por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 con la intención de paliar los efectos negativos, en la medida de lo posible, de los correspondientes tributos cuya gestión se encuentra delegada a los Ayuntamientos de la provincia de Sevilla.
Desde el OPAEF se han adoptado una serie de medidas extraordinarias debido a las circunstancias
derivadas del estado de alarma declarado por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 con la
intención de paliar los efectos negativos, en la medida de lo posible, de los correspondientes
tributos cuya gestión se encuentra delegada a los Ayuntamientos de la provincia de Sevilla.
En
cuanto a la RECAUDACIÓN VOLUNTARIA Y AL RESTO DE TRÁMITES TRIBUTARIOS se toman las siguientes
medidas:
- Ampliar hasta el 30 de abril de 2020 los plazos de pago con vencimiento anterior a dicha
fecha de deudas tributarias, sean de vencimiento periódico y notificación colectiva o liquidaciones
y el de las sanciones de tráfico que estuviesen en período voluntario de pago, así como los
resultantes de acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento.
- Retrasar el inicio del período
voluntario de cobro de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del primer semestre
de 2020 de todas las figuras impositivas delegadas en el O.P.A.E.F. (IBI, IVTM, tasas y precios
públicos), fijando como nuevo período general de cobro en voluntaria el comprendido entre los días 4
de mayo y 6 de julio de 2020, ambos inclusive, en función de la evolución de las circunstancias.
-
Ampliar hasta el 30 de abril de 2020 los plazos de atención de requerimiento, presentación de
alegaciones, solicitudes de información, etc.
- Autorizar la concesión del fraccionamiento, de
deudas solicitándolo en periodo voluntario y sin devengo de intereses, cuyo importe no sea superior
a 30.000 euros, siempre que el fraccionamiento se solicite dentro del período de ingreso en
voluntaria y el pago total se produzca dentro de 2020.
- Además, se ha acordado que desde la firma
de la resolución y durante la vigencia del Estado de Alarma o, en su caso, de las prórrogas del
mismo, queden paralizadas las actuaciones del procedimiento administrativo de apremio, inclusive
las diligencias de embargo, fuesen éstas individuales, masivas o centralizadas, así como las que
tengan repercusión directa con los responsables y sucesores tributarios.
- También podrán realizar
el pago de sus obligaciones en cualquier momento dentro de los plazos ampliados y, en relación con
los recibos correspondientes al primer semestre del ejercicio, estarán disponibles para su pago
desde el 1 de abril para aquellas personas que, por cualquier razón, lo necesiten.
Comunicar también
que a partir del real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, las oficinas de atención al contribuyente
del O.P.A.E.F. permanecerán cerradas al público para atención presencial, quienes pretendan realizar
gestiones o dirigir escritos al O.PA.E.F.podrán realizarlo por medios telefónicos o telemáticos.
Con
carácter general, la atención telefónica se prestará a través del teléfono gratuito 900700100, o de
los teléfonos que se habiliten en cada una de las oficinas.
Oficina OPAEF Cazalla de la Sierra 954
88 43 08
Excmo. Ayuntamiento Constantina 955 88 07 00
Lo que se hace público para general conocimiento.
Constantina, a 26 de marzo de 2020
Fdo.: Rubén
Rivera Sánchez