Recuerda que hoy 14 de mayo, es el último día para pedir el voto por correo y el plazo para depositarlo lo han ampliado hasta el 21 de mayo

xltimo_dxa_azul.jpg

Recuerda que hoy 14 de mayo, es el último día para pedir el voto por correo y el plazo para depositarlo lo han ampliado hasta el 21 de mayo

14/05/2015

Aquellos electores que en las elecciones municipales del próximo 24 de mayo se encuentren en España, pero por cualquier motivo no puedan desplazarse a su colegio electoral para ejercer el derecho al voto, pueden solicitar el impreso para votar por correo hasta hoy 14 de mayo. La Junta Electoral Central ha ampliado en un día, hasta el 21 de mayo, el plazo .

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado ampliar hasta el 21 de mayo el plazo para la presentación en las oficinas de Correos de toda España de los votos por correo para las elecciones autonómicas y municipales del próximo 24 de mayo. En una resolución acordada, la JEC amplía votaciones con carácter general para todos los electores ese plazo para las oficinas de Correos de toda España, en su horario habitual de funcionamiento.

Aquellos electores que en las elecciones municipales del próximo 24 de mayo se encuentren en España, pero por cualquier motivo no puedan desplazarse a su colegio electoral para ejercer el derecho al voto, pueden solicitar el impreso para votar por correo hasta hoy 14 de mayo . La Junta Electoral Central ha ampliado en un día, hasta el 21 de mayo , el plazo .

Este plazo para depositar el voto en cualquiera de las oficinas de Correos finalizaba inicialmente el día 20 de mayo pero, con la decisión de ampliación adoptada, los ciudadanos que soliciten ejercer su derecho al voto por correspondencia para las elecciones dispondrán de 24 horas más para depositar en las oficinas postales, con carácter certificado y urgente, o sea, tienen para entregarlo en Correos hasta el jueves 21 de mayo.

Os recordamos los pasos necesarios para ejercer el voto porcorreo: 

¿Qué hay que hacer para votar por correo?

El primer paso para votar por correoes solicitar ( hasta el 14 de mayo )el impreso en cualquiera de las  oficinas de Correos . Este impreso cumplimentado se deberá entregar personalmente acreditando la identidad conel DNI, pasaporte o carné de conducir originales (no vale una fotocopia). La solicitud se entrega en la oficina de Correos, que a su vez la remite a la Oficina del Censo Electoral. Unavez dado este paso el elector ya no puede votar personalmente ya que la solicitud queda anotada en las listas del censo.

¿Qué documentación recibe el votante?

Una vez enviada la solicitud, el elector recibe en el domicilio (el que ha indicado a Correos) un sobre que contiene:una papeleta de cada uno de los partidos que se presentan a los procesos electorales, los sobres para depositar el voto, el certificado de inscripción en el censo, una hoja explicativa y un sobre con la dirección de la mesa electoral en la que le correspondería votar. Esta documentación deberá ser recogida personalmente en el domicilio por el elector, que deberá acreditar su identidad. También podrá recoger el sobre personalmente en la oficina de Correos correspondiente, en caso de no encontrarse en su domicilio en ese momento.

¿Cómo ejercer el voto por correo?

El voto por correo se deberá depositar enla oficina deCorreos en su horario habitual hasta el 21 de mayo de 2015 (incluido) en su horario habitual de funcionamiento. El elector introducirá la papeleta de voto en el sobre correspondiente a cada proceso electoral (o no incluirá papeleta en caso de que quiera votar en blanco) y lointroducirá, junto al certificado de inscripción en el censo , en un sobre remitido por correo certificado a la dirección de la mesa electoral que le corresponde. La opción del voto por correoes gratuita para los electores que optan por esta vía para ejercer su derecho al voto. El Ministerio del Interior, a través del presupuesto electoral, se hace cargo de compensar al operador postal por estos envíos.